¿Cuándo se necesita un Informe Pericial de Acoso Laboral?

Escrito y verificado por: Cristina Ropero Armijo
Publicado: 04/07/2020

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Psicólogo Perito » Peritaje Psicológico » Informe de Acoso Laboral

¿Cuándo se necesita un informe pericial de acoso laboral como los que hacemos en Psicolegalmente?

A día de hoy, la cifra de trabajadores que sufren acoso laboral o mobbing en España oscila en torno al 10 y 15%.

A este dato cabe añadir que, el 80% de la población trabajadora refiere que, al menos una vez a lo largo de su vida, ha sufrido una situación de acoso en su lugar de trabajo.

Este artículo sirve para valorar la aportación de un informe pericial en juicio de laboral.

Si todavía no lo has hecho, te recomendamos leer nuestro artículo sobre cómo denunciar el acoso laboral:

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¿Cuál es el objetivo del peritaje de acoso laboral?

Las cifras son cuanto menos alarmantes.

Sin embargo, resulta más llamativo saber que ni si quiera una décima parte de aquellos que lo sufren lo llegan a poner en conocimiento.

Esto puede deberse a varios factores.

El principal, el desconocimiento: aunque en la mayoría de los casos ocurre por aceptación de la situación por parte de la víctima o por miedo a las represalias.

Sin embargo, también existe la otra cara de la moneda.

Es decir, cuando por fin se decide iniciar un procedimiento legal y presentar una demanda por acoso laboral.

En la mayoría de los casos resulta una situación desconocida, por lo que suelen aparecer multitud de dudas, como, por ejemplo:

¿Qué se debe aportar como prueba?

Existen diferentes medios de prueba, los cuales pueden aportarse junto a la demanda.

Sin embargo, la evaluación psicológica del acoso laboral es uno de los puntos a destacar, dado que analiza el impacto psicológico de la situación y lo plasma en una prueba válida a nivel judicial.

 

Esto se debe a que el mobbing presenta una naturaleza subjetiva e intangible. Por este motivo, un informe de acoso laboral constituye una prueba fundamental en el proceso judicial.

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El objetivo de este informe va dirigido a:

  1. Valorar las secuelas psicológicas que existan y su compatibilidad con un cuadro de acoso laboral o mobbing.
  2. Determinar la cuantía de una posible indemnización.

En este tipo de casos, la transmisión de información en materia psicológica al Juez resulta indispensable para que éste pueda tenerla en cuenta a la hora de dictar una sentencia.

¿Por qué es importante la pericia psicológica de acoso laboral?

Como regla general corressponde al demandante, es decir, a la víctima, probar los hechos en los que basa su petición.

Probar el acoso laboral, el mobbing, casi siempre presenta excesivas dificultades.

Esto se debe principalmente a que las estrategias que utiliza el acosador admite una pluralidad de formas.

Estas oscilan:

  • desde las actitudes más groseras y violentas (como pueden ser los insultos o amenazas en presencia de público)
  • a técnicas bastante sutiles (como ignorar, extender rumores o retener información transcendental para el trabajo de la víctima).

Es evidente que las primeras son más fáciles de probar que las segundas. Sin embargo, dificultad probatoria no significa que sea imposible de probar.

El acosador suele realizar su conducta sin dejar rastro, aparentando normalidad.

Sin embargo, cuando se realiza una evaluación del acoso laboral, las consecuencias sí existen. Estas son, prácticamente en su totalidad, a nivel psicológico.

El hostigamiento progresivo sufrido por las víctimas de mobbing provoca unos efectos que dependen de:

  • la vulnerabilidad concreta de cada víctima
  • así como la prolongación de esta situación en el tiempo
  • el motivo de acoso
  • la relación interpersonal del acosador con la víctima

No obstante, la sintomatología que más suele desarrollarse en este tipo de víctimas es de corte ansioso-depresiva, por lo que suele manifestarse, por ejemplo, en forma de:

  • insomnio
  • déficit en la concentración
  • sentimientos de culpa
  • inseguridad emocional
  • abandono de las responsabilidades familiares
  • incremento del absentismo.

Por tanto, al igual que se aportaría una radiografía para probar la rotura de una pierna…

¿por qué no aportar un informe de acoso laboral para probar la sintomatología desarrollada por la vivencia de una situación de mobbing?

¿Cuáles son los puntos clave de una evaluación sobre acoso laboral?

evaluacion del acoso laboral

La evaluación del acoso laboral, debe caracterizarse, por ser minuciosa, pormenorizada y extensa.

Los puntos clave a analizar en este tipo de informe serán:

  1. El estado de la víctima (el peritado).
    • Se evaluará la existencia de psicopatología así como la personalidad del peritado.
    • Esto se pondrá en relación con el grado de adaptación en el entorno laboral.
    • Es importante también valorar la posibilidad de sobresimulación de sintomatología clínica.
  2. La etiología de la alteración (si la hubiera). Es decir:
    • analizar e identificar el origen del estado de la víctima
    • analizar cualquier influencia que pudiese afectar de forma directa al desarrollo de la alteración.
  3. La compatibilidad existente entre el estado de la víctima con una situación de acoso psicológico laboral o mobbing.

Solo así se logra una prueba sólida que sirva para probar cómo el acoso laboral ha afectado a la víctima de manera psicológica.

Cómo trabajamos el informe psicológico laboral en Psicolegalmente

En Psicolegalmente realizamos informes de acoso laboral, a nivel psicológico.

La metodología de trabajo que llevamos a cabo para realizar una adecuada evaluación del acoso laboral consiste, en:

ANTES DE COMENZAR

Hablamos por teléfono y vemos si en tu caso es viable realizar un informe (de manera gratuita).

Para ello, nos contarás tu caso y, en ocasiones, te pediremos algo de documentación que puedas tener (informes, autos, denuncias… ).

En ocasiones, se ve claramente que no tiene sentido realizar el informe, y es mejor determinarlo al principio para no empezar a trabajar en algo que no va a ninguna parte.

Si se decide continuar, establecemos una fecha para realizar una evaluación.

PRIMERO: las entrevistas

Da comienzo la fase de evaluación psicológica.

¿Cómo lo hacemos?

  1. Se realizan diversas entrevistas de carácter psicológico a la víctima del mobbing.
  2. Igualmente, si es posible y se considera necesario (siempre que tú quieras). se pueden realizar entrevistas a personas cercanas a la víctima que se encuentren dentro de su círculo laboral (como compañeros de trabajo).

SEGUNDO: las pruebas psicométricas

En segundo lugar, se aplican pruebas de evaluación psicológica de carácter empírico.

Esto, además de enriquecer la información, pudiendo así valorar el perfil psicológico derivado de la situación, nos permite contrastarla con la obtenida a partir de las entrevistas.

TERCERO: integración de información

En tercer lugar, se realiza un análisis exhaustivo de toda la documentación del caso particular que el peritado haya podido aportar, además de integrar toda la información obtenida en las entrevistas y tests.

El objetivo es obtener un cuadro muy claro de qué ha afectado al peritado, de qué manera, y hasta qué punto interfiere en su día a día.

CUARTO: redacción del informe

Por último, con toda la información extraída a través de los diferentes medios, se procede a la redacción del informe sobre acoso laboral con el objetivo de establecer unas conclusiones.

Esta última fase pueden ser unas 3 semanas desde el fin de la evaluación.

El resultado es nuestro informe, un documento de unas 15-30 páginas que analiza de manera robusta y empírica el impacto psicológico de la situación de mobbing.

El informe, y sus conclusiones, se transmiten al tribunal para que las tenga en cuenta a la hora de dictar una sentencia.

Conclusiones sobre la aportación de un informe pericial en un juicio laboral

En resumen.

Como hemos dicho anteriormente, una situación de acoso en el lugar de trabajo puede llegar a ser aparentemente invisible.

Es difícil de identificar.

Aportar un informe de acoso laboral como medio de prueba puede ser decisorio a la hora de establecer la sentencia.

La forma de probar una situación de acoso laboral o mobbing resulta, en muchas ocasiones, objeto de controversia.

En España la psicología forense está tomando cada día mayor importancia, siendo muy habitual que los peritos asesoren a nuestros tribunales en asuntos de índole psicológica.

En Psicolegalmente nos dedicamos a la evaluación y peritación de este tipo de casos.

Por ello, si tienes interés, ponte en contacto con nosotras y te resolveremos cualquier duda que puedas tener acerca de cómo iniciar el propio proceso para hacer el informe, los pasos que se han de seguir, etc.

Referencias

  • “Manual docente del Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense.” Universidad Complutense de Madrid, https://psicologia.ucm.es/magister-psicologia-clinica,-legal-y-forense. Accessed 29 Feb. 2024.
  • López, Victor Dujo, and David González-Trijueque. “Revisión de Instrumentos En Español Para Medir El Acoso Laboral: Su Utilidad En La Evaluación Pericial.” Anuario de Psicologia Juridica, vol. 32, no. 1, Jan. 2022, pp. 11–21, doi:10.5093/apj2021a16.
  • Moratalla, José Francisco Escudero, and Glòria Poyatos Matas. “Mobbing”: Análisis Multidisciplinar y Estrategia Legal: Adaptado a La Ley 62/2003, de 30 de Diciembre : Comentarios y Formularios. 2004, https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=250553.
  • Trijueque, David González. El Acoso Psicológico En El Lugar de Trabajo: Epidemiología, Variables Psicosociales y Repercusiones Forenses. https://docta.ucm.es/entities/publication/3a5cb65f-e896-4809-ab66-0b8c683ad851. Accessed 29 Feb. 2024.
  • Maslach, Christina, and Susan E. Jackson. “The Measurement of Experienced Burnout.” Wiley, 1 Apr. 1981, https://www.researchgate.net/publication/227634716_The_Measurement_of_Experienced_Burnout.
  • Pérez-Bilbao, J., Nogareda, C., Martín-Daza, F. y Sancho, T (2001). “Mobbing, violencia física y acoso sexual. Madrid: I. N. de Seguridad e Higiene en el Trabajo.Portal INSST, https://www.insst.es/documentacion/material-tecnico/documentos-tecnicos/mobbing-violencia-fisica-y-acoso-sexual-2006. Accessed 29 Feb. 2024.
  • Zabala, Iñaki Piñuel y. Mobbing: Cómo Sobrevivir al Acoso Psicológico En El Trabajo. 2003, https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=231220.
  • BOE-A-2015-11430 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre, Por El Que Se Aprueba El Texto Refundido de La Ley Del Estatuto de Los Trabajadores. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430. Accessed 29 Feb. 2024.
  • “Artículo 184 Del Código Penal.” Mundo Penal, 14 Aug. 2019, https://mundopenal.es/codigo-penal/articulo-184/.
  • Asociación Americana de Psiquiatría. Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Madrid: Editorial Médica Panamericana.
  • Cisneros© XI. El mobbing en España 2009 – Liderazgo tóxico y mobbing en la crisis económica

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En mí encontrarás una persona cercana y de confianza, que se preocupa de hacer un trabajo de calidad. Mi objetivo es que, además de darte una prueba robusta, al final del proceso de elaboración del informe sientas que ha merecido la pena pasar por él. Psicóloga clínica por el COPM - Nº colegiada M-33081

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Para garantizar una mayor precisión, este artículo ha sido verificado. El contenido incluye enlaces a sitios de medios de carácter psicológico o legal acreditados, instituciones y organizaciones académicas de investigación y, en ocasiones, a publicaciones y estudios clínicos y psicológicos. Todo el contenido de nuestra web ha sido revisado. No obstante, si consideras que presenta errores o inexactitudes, o que está desactualizado, o bien crees que no te genera confianza, puedes contactarnos o dejar un comentario para sugerirnos las correcciones y aportaciones que consideres necesarias.

11 Comentarios

  1. Quiero información

    Responder
    • ¡Hola Ester! Escríbenos a través de nuestros formularios de contacto o llámanos para ver tu caso. Un saludo.

      Responder
      • Buenas tardes, quiero información, llevo dos meses en una empresa nueva con un jefe bastante irreverente que además me amenaza desde la segunda semana que entre con despadirme. Dejé mi anterior empleo de forma voluntaria y no tengo derecho a paro si me despide antes de los tres meses, el estado de angustia que me genera ya está afectando a mi salud pero al estar en periodo de prueba tampoco puedo permitirme ponerme mala.
        Que puedo hacer?

      • Hola Patricia, te aconsejaríamos que consultases con un abogado/a especializado en acoso laboral. Nosotras somos psicólogas perito.

  2. Yo he recibido maltrato en mi trabajo tanto físico como sicológico y no se que hacer

    Responder
  3. Hola, llevo trabajando en una empresa desde hace casi 4 años. El primer año estuve en la oficina y estos tres años teletrabajando, desde que entré fui objeto de burlas sobre todo de dos compañeras por mi edad ya que tengo más de 50 años y habladurías y comentarios de todo tipo. He sufrido burlas, comentarios inhirientes, me han puesto música alta para que no pudiera trabajar. Desde hace tres estaba mejor porque estoy teletrabajando pero tenemos un chat en común y desde hace 6 meses mi situación ha empeorado porque estoy ayudando a coordinación, ahora lo sufro a través del chat por desprecios de mis compañeros. Mi situación es horrible y tengo ansiedad

    Responder
  4. Qué precio tiene el informe?
    En mi caso mi jefe cree que está desbordado de trabajo y que me necesita, pero la realidad es que apenas tengo trabajo y no se comunica conmigo durante largos períodos de tiempo. Llevo un año con psicólogos.

    Responder
    • Hola Itziar

      El precio depende del caso concreto. Te invitamos a llamarnos para verlo detenidamente 🙂

      Responder
  5. Hola soy Leire
    Un compañero mío del trabajo me está tocando el culo
    Como puedo evitarlo y ya lo he hablado con el y no me hace ni caso

    Responder
    • Hola Leire. Tenemos un artículo específico sobre acoso sexual laboral en el blog. Echa un vistazo y encontrarás información sobre ese tema.

      Responder
    • Buenos días,

      Estoy sufriendo una situación de burlas en el trabajo y quiero denunciarlo.Me cuesta poner limites pero eso no es motivo para que me lo hagan.Ya pasé un periodo con una encargada despota y que me hablaba mal pero cómo era interina no decía nada Al final me hizo coger una depresión y cuando volví me cambiaron de departamento pero las compañeras actuan de manera tóxica.Hay comentarios burlones, ofensas con ironía pero directamente no.No tengo pruebas porque están consiguendo que me vuelva pequeñita pero es que son funcionarias y se tapan entre ellas.No creo que pueda demostrarlo ante un juicio porque hablan mal de mi y dirán que es mentira.Encima la convocatoria de oposición es en un mes y están consiguiendo desestabilizarme para que no apruebe.Qué puedo hacer?

      Responder

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