¿Cómo denunciar el maltrato psicológico?

¿Cómo denunciar el maltrato psicológico?

Escrito y verificado por Sonia Rodríguez BáñezPublicado: Revisado:

Da igual si eres hombre o mujer, cualquier persona puede estar en esta situación. Vamos a ver en qué consiste el maltrato psicológico, cómo reconocerlo, y cómo demostrarlo ante un juez mediante un informe pericial.

La prueba para demostrar el maltrato psicológico

Si lo que buscas es una prueba para demostrar el maltrato psicológico, lo que necesitas es un informe pericial psicológico. Es un documento realizado por psicólogos especializados, que analiza de qué manera te ha afectado la situación en tu día a día, a nivel psicológico. Sirve como prueba en un proceso judicial.

El maltrato psicológico es invisible, pero sus consecuencias son demostrables. Un peritaje psicológico es la herramienta más eficaz para hacer visible ante la justicia el daño sufrido.

¿Qué es la violencia psicológica en la pareja?

En primer lugar, tenemos que diferenciar violencia de agresividad. Son conceptos que normalmente se usan como sinónimos cuando realmente no lo son.

La agresividad es la expresión conductual de una de las emociones básicas, la ira. Esta emoción es necesaria para la supervivencia humana y su exteriorización nos sirve para estar alerta. También para defendernos de posibles ataques y adaptarnos al entorno. Es decir, es algo innato y que compartimos también con el resto del mundo animal.

La violencia, en cambio, es un comportamiento aprendido tras un proceso de socialización en el que la intención de hacer daño está presente. Estos actos no buscan defenderse, sino que suponen una forma innecesaria de agresividad. Exige un proceso cognitivo complejo en el que su principal fuente de alimentación son las ideologías, los roles sociales o los valores. La violencia crea una fuerte disfunción o malestar a nivel social y la podemos encontrar en numerosos ámbitos: el terrorismo o los crímenes de guerra serían algunos ejemplos.

Se refiere a cualquier conducta que persigue intimidar, desvalorizar y culpabilizar a la otra persona. Algunas de estas conductas podrían ser:

  • Poner en ridículo o dejar en evidencia a la pareja (tanto en público como en privado)
  • Insultar
  • Amenazar verbalmente (de agresión, de abandono, de irse con otra pareja)
  • Humillaciones y desprecios
  • Ignorar al otro
  • Destruir objetos personales a los que el otro tiene cierto apego o cariño
  • Controlar los movimientos de la pareja y la economía
  • Impedir que la pareja se relacione con su familia o amigos libremente

El maltrato emocional en pareja puede acarrear numerosos efectos secundarios, en forma de lesiones o secuelas psíquicas. Pueden dañar especialmente la autoestima —acaban sintiendo que no son nada, que todo lo hace mal, que sus sentimientos están equivocados, que su pareja vale más que ella…—, con peores consecuencias y con una naturaleza más incapacitante incluso que los malos tratos físicos.

El perfil del maltratador psicológico

No existe una personalidad del maltratador psicológico, sino que se ha evidenciado una serie de características comunes en este tipo de personas. El agresor puede tener, por ejemplo, baja autoestima o un rasgo de personalidad dependiente muy marcado. Suelen presentar:

  • Necesidad de control
  • Baja empatía
  • Manipulación emocional
  • Uso del aislamiento social de la víctima
  • Alternancia entre conductas agresivas y afectivas (ciclo de la violencia)

¿Cómo saber si es maltrato psicológico? Tipos de maltrato emocional

Las formas de violencia psicológica no se establecen únicamente mediante prohibiciones e insultos directos, sino a través de métodos muy sutiles, lentos y graduales que impiden en la mayoría de las ocasiones detectarla. El derecho a sentirse libre se va mermando, provocando una gran confusión en la persona que lo sufre, ya que al no ser explícitas, son negadas, justificadas o minimizadas.

“La persona que te ofrece afecto de forma incondicional es la misma que te merma y daña tu propia identidad”

Además, violencia y “amor” se producen en periodos que se alternan en el tiempo, por lo que mantenerse en esa relación durante un espacio de tiempo muy prolongado suele ser lo más frecuente.

Amenazas

  • Amenazas de ruptura. De forma continuada, el maltratador afirma que va a romper la relación o irse con otro/a, provocando una gran inseguridad.
  • Amenazar por medio de la palabra o a través de los gestos (suicidarse si se abandona la relación, matar a la pareja, hacer daño a los hijos o llevárselos, etc.).

Intimidación

  • Causar miedo con miradas, gestos de desprecio o de rechazo o acciones.
  • Romper cosas personales.
  • Maltratar a las mascotas.
  • Cerrar la casa o una habitación con la víctima dentro.
  • Utilizar armas.

Acoso

  • Insistir de una forma desproporcionada, en relación a cualquier tema, a las respuestas que da la otra persona.

Abuso emocional

  • Hacer sentir a la víctima inferior, mala persona o culpable, atribuyendo una enfermedad mental o a su “provocación” de la conducta violenta.
  • No tomar en serio los reclamos de la víctima sobre el maltrato.
  • Faltar al respeto, insultar, despreciar, humillar y ofender intencionadamente («¿quién te va a querer?», «eres inútil»), lo que se conoce comúnmente como violencia verbal psicológica.
  • Avergonzar o hacer quedar en ridículo ante terceros: contar algo privado de la víctima, dejar en evidencia ante los demás, hacer sentir que se está diciendo cosas absurdas, deteriorar la imagen de la pareja ante amigos o hijos, calumnias, denigrar públicamente, etc.
  • Llamar a la pareja con chistidos o palabrotas, gritando.
  • El silencio como agresión (retirar la palabra), ignorar, no contestar cuando la víctima habla o se expresa.
  • Utilizar el pasado o vulnerabilidades de la víctima para herirla.
  • Sobrecargar de responsabilidades a la víctima mientras que no participa en las tareas de la casa o la crianza.
  • No dejar hablar.
  • Rechazar la compañía de la pareja cuando se está con otras personas.
  • Provocar celos (utilizar los celos para desestabilizar a la pareja y obligarla a estar permanentemente en estado de alerta, mostrarse seductores con terceros, hacer comparaciones desfavorecidas, etc.).

Aislamiento

  • Controlar todos los movimientos de la pareja (aislar socialmente, impedir que la pareja se relacione con su ámbito familiar o sus amigos, controlar con quién habla, dónde va, lo que lee, etc.) con la excusa de los celos y del amor incondicional.

Manipulación de los hijos/as

  • Culpar por la conducta de los hijos/as.
  • Usarlos como rehenes para mantener el control.
  • Maltratar o abusar de los hijos/as.
  • Usar el régimen de visitas para acosar u hostigar.
  • Poner a la familia o a los niños en su contra.

Abuso económico

  • Prohibir la independencia económica de la pareja mediante manipulaciones o juzgar constantemente su empleo para que lo abandone.
  • No darle lo necesario para los hijos.
  • Quitar y utilizar el dinero de la pareja.
  • No informar de los ingresos familiares, engañar acerca del estado de las cuentas corrientes.
  • Hacerle ver que no es apto/a para administrar los ingresos económicos.

La escalada de la violencia puede ir aumentando en cuanto a frecuencia e intensidad, llegando a alcanzar una gravedad inimaginable en los primeros momentos de la relación.

¿Cómo actúa un maltratador psicológico? ¿Cómo reconocerlo?

Tal y como se conoce actualmente, la violencia no consiste sólo en agresiones físicas. Hay multitud de formas de violencia. La violencia psicológica se hace visible cuando se trata de insultos y humillaciones muy obvias. Pero va mucho más allá.

“Cualquier conducta que emita una persona, en la que dañe la estabilidad psicológica de su pareja, podría tratarse de este tipo de violencia”

El maltrato psicológico es progresivo. El maltrato no empieza con un tortazo el día menos pensado, de forma inesperada. Muchas veces, este tortazo ni siquiera aparece porque al maltratador no le hace falta recurrir a este tipo de violencia. Puede ocurrir que empiece a culpar a la pareja de todo lo que ocurra, sin gritos ni agresividad. Al principio incluso con bromas, y posteriormente expresando emociones como la tristeza o reacciones como la decepción.

De esta forma, se produce una manipulación psicológica casi imperceptible. Tan poco a poco que el maltratador o maltratadora consigue tener a la víctima donde quiere, haciendo lo que quiere, mermando su seguridad y el valor que se da a sí misma.

Mujer afectada por maltrato psicológico en la pareja

Cuando aparece el grito o una forma más visible de violencia, la víctima ya cree ser merecedora de dicho comportamiento. Normalmente, el maltrato psicológico ya empieza en el noviazgo, pero las formas que suele adoptar no se aprecian como tales. Se trata de un maltratador psicológico sutil.

Entonces ¿cómo denunciar el maltrato psicológico?

A diferencia de lo que la ideología popular nos ha dado a entender, el Código Penal protege tanto a los hombres como a las mujeres de dicha violencia.

¿Cuáles son nuestras recomendaciones si piensas que te encuentras en esta situación?

  • Antes de denunciar, es recomendable consultar con un abogado tu situación para ver la mejor vía de actuación. Recuerda que nosotras somos psicólogas perito, no abogadas. Hacemos informes psicológicos para juicios con estas características.
  • Si no tienes capacidad económica para consultar a un abogado, puedes llamar al 016 de manera gratuita para recibir información.
  • Una vez has planteado una estrategia adecuada, puede que incluso hayas recopilado algunas pruebas, tendrás que acudir a la policía a establecer una denuncia.

Hombres maltratados psicológicamente por sus mujeres

La Ley Orgánica 27/2003, de 31 de julio, promueve la seguridad de los hombres que son maltratados psicológicamente por sus mujeres. También ampara a parejas homosexuales o incluso a mujeres que denuncian a sus parejas masculinas por un delito que no suponga un proceso de violencia de género o machista, lo que se conoce como violencia doméstica psicológica o intrafamiliar.

Esta ley es reguladora de orden de protección de víctimas domésticas; se creó para establecer medidas que ofrezcan una seguridad en los casos en que la violencia se produce dentro del seno familiar.

La conocida orden de protección y/o orden de alejamiento que se otorga con frecuencia a las víctimas se encuentra regulada por dicha ley.

Hombre afectado por maltrato psicológico en pareja

Esta ley protege a los integrantes del grupo familiar independientemente del género al que pertenezcan. Gracias a ella, el código penal posibilita denunciar el maltrato psicológico familiar cuando la situación perjudica gravemente a uno de los miembros del grupo. Especialmente cuando hay menores.

Maltrato psicológico a la mujer

Un año después de la aprobación de la ley de 2003, se aprueba la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta ley regula aquellos delitos cometidos de hombres hacia sus parejas o exparejas: cuando se trate de un hombre hacia una mujer, hijos de ambos o de ella exclusivamente.

Para poder aplicar la Ley de Violencia de Género, se debe demostrar que existe un desequilibrio de poder en esa relación.

En estos casos puede ser muy útil un informe psicológico de violencia de género.

La necesidad de crear esta ley viene influida por la situación social actual relacionada con el género. Es decir, está basada en el principio de superioridad de poderes. Los profesionales que trabajan en los juzgados de instrucción se encontraban (y se encuentran) saturados de casuística de esta índole.

La implantación de esta ley perseguía principalmente dar respuesta de forma urgente a estas situaciones. Fundamentalmente porque existe un riesgo para las víctimas directas o indirectas (en los casos que existen menores). Es decir, se crea por una cuestión de celeridad, para contribuir contra este problema.

La implantación de juzgados específicos, con facultativos especializados en realizar un diagnóstico diferencial entre conflictos conyugales y violencia machista, fue una de las medidas.

Otra ventaja que conllevan estos juzgados de violencia sobre la mujer es la posibilidad de juzgar en una misma institución procedimientos civiles y penales, siendo esto exclusivo de este tipo de juzgados.

¿Y si denuncian los dos?

Si el supuesto maltratador psicológico también denuncia, se produce un fenómeno jurídico que se conoce como unidad de hecho. Se trata de un proceso penal en el que ambos implicados son al mismo tiempo denunciante y denunciado, y que se juzga en un mismo procedimiento.

¿Cómo demostrar los malos tratos psicológicos ante un juez? El informe pericial

A continuación dejamos reflejadas las bases de denuncia por maltratos psicológicos. Tal y como mencionábamos antes, se puede denunciar el maltrato psicológico independientemente del género del denunciante. Existen leyes que amparan las distintas situaciones de injusticia y desigualdad.

Normalmente, tras una denuncia de una supuesta víctima de malos tratos psicológicos, la única prueba que suele existir es la declaración de dicha persona. Por este motivo se declara en varios momentos, alargando todo el proceso en el tiempo, lo que alarga también la toma de medidas y la emisión de una sentencia firme.

Existen elementos periféricos, como el atestado policial que se redacta al interponer la denuncia. Sin embargo, este no presenta un carácter probatorio como tal. Existen otros elementos que pueden ayudar a probar la situación, como puede ser un parte de lesiones. Este suele solicitarse cuando se sufre un daño físico, pero también puede solicitarse cuando las lesiones o la sintomatología es de naturaleza psicológica, como una crisis de ansiedad. Lo importante es que esta se relacione con la situación vivida.

Son los psicólogos forenses los que se encargan de evaluar la situación de maltrato o de conflictividad y asesoran al tribunal para tomar una decisión respecto al veredicto final. La elaboración del informe psicológico pericial es un medio de prueba crucial.

Tiene en cuenta múltiples fuentes, y refleja fielmente la sintomatología clínica psíquica que pudiera existir.

En Psicolegalmente somos psicólogas especialistas en violencia de género. Si necesitas un informe, escríbenos ahora.

¿Quieres saber cómo superar el maltrato psicológico?

En Psicolegalmente, Sonia Rodríguez es psicóloga experta en violencia de género. Además de hacer labores periciales, Sonia realiza terapia con víctimas de violencia de género e intervención psicológica con personas que han sufrido maltrato psicológico (mujeres y hombres).

Si estás pasando o has pasado por una situación similar y quieres aliviar las consecuencias del maltrato psicológico, puedes solicitar una cita para realizar terapia con ella. Si quieres volver a sentirte bien contigo, aliviar ese malestar, conseguir que tus pensamientos no te paralicen, o simplemente que te comprendan, puede ser una gran idea. Puedes ver más información sobre nosotras como psicólogas especialistas en violencia de género.

Te podemos recomendar un abogado especialista en maltrato psicológico

Como hemos dicho, nosotras somos psicólogas. Hacemos terapia, además de informes periciales. Sin embargo, si lo necesitas podemos recomendarte un abogado/a especialista en maltrato psicológico. Contacta con nosotras y te orientamos.

Referencias

  • Armijo, C. R. et al. (2017). «Elaboración de un perfil criminológico en un caso de homicidio de género». Psicopatología Clínica Legal y Forense, vol. 17, nº 1, pp. 32-48. Enlace
  • Dio Bleichmar, E. et al. (2011). Mujeres tratando con mujeres: con mirada de género. Editorial Octaedro, Barcelona.
  • Echeburúa, E. et al. (1994). Entrevista Semiestructurada para víctimas de maltrato doméstico.
  • Manual docente del Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense por la UCM
  • Asociación Americana de Psiquiatría. Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Editorial Médica Panamericana, Madrid.
  • Navarro, M. (1993). Cuestionario de maltrato psicológico (CMP).
  • Beck, A. T.. Inventario de Depresión de Beck (BDI).
  • Spielberger, C. D.. Inventario de Ansiedad Estado-Rasgo (STAI).
  • Echeburúa, E. et al. (2000). «Escala de inadaptación (EI): propiedades psicométricas en contextos clínicos».
Sonia Rodríguez Báñez
Sonia Rodríguez Báñez

Psicóloga clínica y forense · Nº colegiación M-32725 · COPM

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