Informe pericial psicológico para la nulidad matrimonial

Valoración de la capacidad para prestar el consentimiento, ante tribunales eclesiásticos y en la jurisdicción Civil

  • Informe firmado por dos psicólogas forenses colegiadas
  • Valora la capacidad para consentir en el momento de la boda (c. 1095)
  • Válido ante los tribunales eclesiásticos y en la jurisdicción Civil
  • Evaluación retrospectiva sobre documentación de la época y entrevista
  • Entrega en 2-4 semanas (urgencias 2 semanas)
  • Valoración de viabilidad gratuita
Google4.9/5 en más de 43 valoraciones en Google

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¿Tu causa de nulidad necesita un informe pericial?

Cuéntanos qué ocurrió antes de la boda y te decimos si hay materia pericial. Sin compromiso.

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Psicólogas colegiadas COPM · Respuesta en 24–48 h

Informe pericial psicológico para una causa de nulidad matrimonial

El tribunal no juzga tu matrimonio. Juzga el día que dijiste sí.

Es la confusión que trae casi todo el mundo: que el matrimonio saliera mal no es, por sí solo, causa de nulidad. Un matrimonio puede haber sido un desastre durante veinte años y ser perfectamente válido. Lo que se discute es otra cosa: si el día de la celebración una de las partes estaba en condiciones de prestar ese consentimiento.

Por eso la pericial psicológica es la prueba central de estas causas. Según la doctrina especializada, casi 9 de cada 10 causas que se inician alegan incapacidad psíquica del canon 1095, que es exactamente el terreno del psicólogo forense: falta de uso de razón, grave defecto de discreción de juicio o incapacidad de asumir las obligaciones esenciales por causas de naturaleza psíquica.

Nuestro trabajo tiene un límite que conviene decir desde el principio: dictaminamos sobre la capacidad psíquica, no sobre la nulidad. Declarar nulo un matrimonio es competencia exclusiva del juez — eclesiástico o civil—, y el informe es una de las piezas con las que decide.

Causas de nulidad

Qué se valora según la causa que alegue tu demanda

El objeto pericial cambia por completo según el canon o el artículo que fundamente la demanda. No es lo mismo probar que no se podía decidir que probar que no se podía cumplir, y el informe se construye para una cosa o para la otra.

El grave defecto de discreción de juicio (c. 1095.2) no va de inteligencia ni de estudios: va de si hubo libertad interna y capacidad crítica suficientes para valorar lo que se estaba asumiendo. Es la causa más invocada.


También cubrimos

  • Inmadurez afectiva en el momento de contraer
  • Noviazgo muy breve o decisión tomada bajo presión familiar
  • Embarazo, escándalo social o «ya estaba todo preparado»
  • Dependencia emocional que anulaba la deliberación
  • Trastorno mental activo el día de la celebración

¿Qué incluye tu informe pericial de nulidad matrimonial?

El núcleo es retrospectivo: reconstruye el estado psíquico en el momento de prestar el consentimiento. Cuando el caso lo pide, se documenta además el daño psíquico acumulado durante la convivencia, que sirve como indicio de esa incapacidad y es lo que se cuantifica si se reclama indemnización en la vía civil.

1Estudio de autos y documentación de la época

Revisión del expediente y de todo lo que documente cómo estabas entonces: historias clínicas, informes de psicólogo o psiquiatra anteriores o cercanos a la boda, tratamientos, bajas laborales y correspondencia. Es la primera fase y condiciona todo lo demás.

Por qué importa

Porque una valoración retrospectiva sin documentos de la época es una opinión sobre un recuerdo. Lo que da fuerza a la conclusión es poder anclarla en algo escrito por un tercero en aquel momento, cuando nadie pensaba en un proceso de nulidad.

2Entrevista psicobiográfica centrada en el consentimiento

Entrevista forense en profundidad que reconstruye el noviazgo, la decisión de casarse, quién la impulsó, qué se sabía y qué se ocultó, y cómo era el funcionamiento psicológico de la persona en aquel periodo — no en el actual.

Por qué importa

Es lo que separa esta pericial de una evaluación clínica al uso. La pregunta no es «cómo estás», sino «cómo estabas el día que consentiste», y llegar hasta ahí exige una entrevista construida para eso.

3Evaluación de la personalidad y la psicopatología

Perfila los rasgos estables de personalidad y descarta o confirma la psicopatología relevante para el canon 1095. Se apoya en MCMI-IV, especialmente indicado porque los trastornos de la personalidad son el diagnóstico central de estas causas, además de MMPI-2-RF y PAI.

Por qué importa

Porque los rasgos de personalidad son estables en el tiempo: son la vía técnica para razonar sobre cómo era esa persona hace años, que es justo lo que el tribunal necesita saber y lo que un informe clínico corriente no responde.

4Control de simulación

Comprueba con SIMS que lo que se describe no está exagerado ni construido a posteriori, y que el relato es coherente con el resto de datos del expediente.

Por qué importa

Es la objeción que el tribunal se va a plantear solo: que la incapacidad se haya redactado años después, a la medida de lo que hace falta para obtener la nulidad. Responderla antes de que se formule es lo que sostiene el informe.

5Valoración retrospectiva de la capacidad

Integración de todo lo anterior en un juicio técnico sobre el estado psíquico en el momento de prestar el consentimiento: el desarrollo afectivo previo a la boda, qué había, desde cuándo, con qué intensidad, y cómo afectaba a la deliberación o a la capacidad de asumir las obligaciones. Incluye la distinción entre la inmadurez ordinaria con la que se casa mucha gente y el defecto grave que exige el canon.

Por qué importa

Es el núcleo del encargo. Todo lo demás existe para poder sostener esta parte con datos, y es la única sección que responde exactamente a lo que se ha preguntado al perito.

6Daño psíquico de la convivencia, cuando el caso lo pide

Documentación del menoscabo psicológico acumulado durante el matrimonio y de su relación con lo que ocurrió: sintomatología, evolución y repercusión funcional, con los mismos instrumentos y el mismo control de validez que el resto del informe.

Por qué importa

Por dos motivos. En la causa canónica el daño no anula el matrimonio, pero el patrón de convivencia es indicio de una incapacidad que ya estaba antes. Y en la vía civil es lo que se cuantifica si se reclama la indemnización del art. 98 del Código Civil al cónyuge de buena fe.

7Discusión forense y respuesta al objeto pericial

Argumentación técnica que conecta los datos con las preguntas formuladas, distingue lo acreditado de lo probable y deja explícito el límite: la incapacidad psíquica se dictamina, la nulidad la declara el juez.

Por qué importa

Un informe que se pasa de frenada y concluye que el matrimonio es nulo invade la competencia del tribunal y pierde credibilidad. Decir con precisión hasta dónde llega el dato es lo que hace que se lo tomen en serio.

8Conclusiones, doble firma y ratificación

Respuestas técnicas al objeto pericial con bibliografía y referencias, firmadas por las dos psicólogas perito colegiadas, y comparecencia para ratificar y responder a las preguntas que se planteen.

Por qué importa

Porque es lo que el tribunal lee entero. Las páginas anteriores existen para sostener estas respuestas, y aquí se comprueba si cada conclusión se apoya en un dato del informe o en una impresión.

Perito del tribunal o pericial de parte: qué te conviene

En el proceso canónico el perito lo designa el tribunal. Lo que nosotras hacemos es otra cosa, y no compite con eso: lo complementa. Aquí está la diferencia, incluido el precio.

¿Quién lo elige?

Perito designado por el tribunal

El tribunal, de su propio elenco de peritos, cuando acuerda la prueba pericial.

Nuestra pericial de parte

Tú y tu abogado, y se aporta al procedimiento como prueba de parte.

¿Cuándo llega?

Perito designado por el tribunal

Con el proceso ya en marcha: primero se demanda, y solo después se sabe si hay pericia y qué dice.

Nuestra pericial de parte

Antes de demandar, si quieres. Es lo que permite saber si hay materia pericial antes de mover nada.

¿Qué se evalúa?

Perito designado por el tribunal

Lo que fije el tribunal en el objeto pericial, con el alcance que él determine.

Nuestra pericial de parte

Evaluación completa: estudio de la documentación, entrevista psicobiográfica, batería psicométrica y control de simulación.

¿Quién firma?

Perito designado por el tribunal

Un perito del elenco del tribunal.

Nuestra pericial de parte

Las dos psicólogas, colegiadas en el COP Madrid. Las dos evalúan y contrastan antes de concluir.

¿Cuánto cuesta?

Perito designado por el tribunal

Arancel fijado por cada diócesis. El Tribunal de Madrid lo tasa en 500 € para psicólogos y psiquiatras (decreto de 15 de octubre de 2025, en vigor desde el 1 de noviembre).

Nuestra pericial de parte

1.800 €, cerrado y publicado. Refleja un encargo distinto: más horas de evaluación, doble firma y la preparación de la ratificación.

¿Cuánto pesa en la causa?

Perito designado por el tribunal

Más. Es la pericia oficial del procedimiento y el tribunal la valora como tal.

Nuestra pericial de parte

Menos, y lo decimos nosotras. El juez la valora libremente junto al resto de la prueba; por eso se construye para aguantar los reproches que se le hacen a una pericial de parte.

Por qué un tribunal eclesiástico rechaza una pericial

La jurisprudencia rotal es exigente con la prueba pericial, y estos son los motivos por los que un informe acaba sin servir para nada. Si ya tienes uno encargado, contrástalo con esta lista.

1Confundir el diagnóstico clínico con el jurídico

El informe acredita un trastorno y da por hecho que eso basta. No basta: el tribunal no pregunta si había patología, pregunta si esa patología impedía consentir.

Por qué importa

Es el motivo de rechazo más frecuente. Un diagnóstico, por sólido que sea, no resuelve el objeto pericial si nadie explica cómo afectaba a la decisión concreta de casarse.

2No distinguir la inmadurez común de la patología incapacitante

Casi todo el mundo se casa siendo más inmaduro de lo que será después. La pericial tiene que separar esa inmadurez ordinaria del defecto grave de discreción que exige el canon.

Por qué importa

Sin esa distinción el informe prueba demasiado: si valiera para cualquiera, no vale para nadie. Es lo primero que mira el defensor del vínculo.

3Aislar la patología sin conectarla con el consentimiento

Informes descriptivos que retratan a la persona pero nunca llegan a razonar el nexo entre su estado psíquico y la capacidad de deliberar o de asumir las obligaciones.

Por qué importa

El nexo causal es exactamente lo que se ha encargado. Un informe que lo deja implícito obliga al tribunal a construirlo, y normalmente no lo construye a favor.

4No explicitar la metodología

Conclusiones sin decir de dónde salen: qué entrevistas se hicieron, qué documentación se revisó, qué pruebas se aplicaron y qué fiabilidad tienen.

Por qué importa

Una pericial que no se puede auditar no se puede contrastar, y lo que no se puede contrastar se descarta. La metodología explícita es requisito, no adorno.

5Contradecir los hechos ya probados en autos

Informes redactados solo sobre el relato de quien los encarga, sin haber leído las declaraciones y los testimonios que ya constan en el procedimiento.

Por qué importa

En cuanto la pericial choca con lo que han declarado los testigos, pierde toda su fuerza. Por eso el estudio de autos va primero y no al final.

6Invadir la competencia del juez

El informe que concluye que el matrimonio es nulo. El perito dictamina sobre la capacidad psíquica; la nulidad la declara el tribunal.

Por qué importa

Pasarse de ahí no suma, resta: señala a un perito que no conoce los límites de su papel, y el tribunal lee el resto del informe con esa desconfianza.

Qué perito psicólogo firma tu informe de nulidad matrimonial

Tu informe lo firman las dos peritas, no una. En una causa de nulidad se dictamina sobre cómo era una persona hace años, a partir de documentos y de un relato: es justo el terreno donde un criterio único se vuelve discutible, y donde dos evaluaciones contrastadas sostienen mucho mejor la conclusión. Ambas son psicólogas forenses colegiadas en el COP Madrid, con formación de posgrado en la UCM, y ambas son miembros del Equipo Nacional de Revisión de Homicidios de Género del Ministerio del Interior.

Informes ratificados
+150
Evaluación
+8h
Peritas firmando
2
Cobertura
Nacional

Cómo trabajamos el informe pericial de nulidad

1

Consulta de viabilidad

Gratuita · 15-20 min

Llamada o videoconsulta para entender tu caso y decidir si un peritaje psicológico puede ayudarte. Sin coste ni compromiso. Si no es viable, te lo decimos.

2

Encargo y revisión documental

Presupuesto cerrado, contrato y revisión de actuaciones, sentencias previas, denuncias e informes médicos. Todo lo que sume al peritaje.

3

Evaluación pericial

+8 horas

Entrevistas semiestructuradas y batería psicométrica con escalas de validez (MMPI-2-RF, PAI, MCMI). Presencial en Madrid o por videollamada.

4

Análisis y redacción del informe

Análisis forense por las dos perito y redacción del informe pericial con metodología defendible. Conclusiones empíricas a las preguntas del caso.

5

Entrega del informe firmado

2-4 semanas

Te entregamos copia firmada y sellada por las dos perito. Coordinamos con tu abogado/a para encajar plazos procesales.

6

Ratificación en sala

Si tu caso lo requiere, acudimos a la vista para defender técnicamente el informe ante el interrogatorio del juez y la parte contraria.

¿Cuánto cuesta el informe pericial psicológico para una nulidad matrimonial?

Cada informe se presupuesta tras la valoración de viabilidad, que es gratuita. Los informes de nulidad matrimonial parten de 1.800 €, que cubren la evaluación de una persona peritada; cada persona adicional dentro del mismo procedimiento suma 300 €.

Qué incluye

  • Valoración de viabilidad gratuita
  • Entrevistas semiestructuradas (+8h)
  • Batería de pruebas psicométricas con escalas de validez
  • Redacción del informe pericial
  • Puesta en común con tu abogado/a
  • Preparación de la defensa del informe en sala

Lo que dicen nuestros clientes

Tania C. - Custodia

¡Experiencia inmejorable! Cristina y Sonia han sido muy profesionales desde el primer momento, ayudándome durante el proceso de forma muy atenta y cercana. Me he sentido muy cómoda y apoyada en todo…

Preguntas frecuentes

No, y desconfía de quien te lo prometa.

El informe pericial dictamina sobre la capacidad psíquica en el momento de contraer matrimonio. Declarar la nulidad es competencia exclusiva del tribunal, que valora la pericial junto con las declaraciones, los testigos y el resto de la prueba.

Lo que sí hacemos antes de empezar es decirte si tu caso tiene materia pericial. Si no la tiene, te lo decimos y no gastas el dinero.

Sí, y es lo habitual en estas causas: la evaluación es retrospectiva por definición.

No se hace de memoria. Se trabaja sobre tres fuentes que se contrastan entre sí: la documentación clínica de la época, la entrevista psicobiográfica y la evaluación de los rasgos de personalidad, que son estables en el tiempo y permiten razonar hacia atrás con base técnica.

Cuanta más documentación de aquellos años conserves, más sólida es la conclusión. En la primera llamada te decimos qué buscar.

No es necesario. El informe se puede hacer evaluando solo a una de las partes, y así es como suele encargarse.

Lo que no haremos es concluir nada sobre una persona a la que no hemos explorado: sin evaluarla no hay datos sobre ella, y un informe que opine sobre alguien a quien no ha visto no se sostiene en sala.

Cuando la otra parte no comparece, el Derecho Canónico prevé una figura propia, el «voto sobre los autos»: un dictamen elaborado solo sobre las actas del procedimiento, sin exploración directa. Tiene menos peso que una pericial con evaluación, y conviene saberlo antes de contar con él.

Si el tribunal acuerda evaluar a los dos, la pericial cubre a ambos y el precio se ajusta por persona peritada.

En el proceso canónico, en efecto, es el tribunal quien designa a su perito. Lo que nosotras hacemos es otra cosa: una pericial de parte que tu abogado aporta al procedimiento, y que el juez valora con libertad junto al resto de la prueba.

Sirve para tres cosas muy concretas:

  • Saber si hay caso antes de gastar. Una valoración previa te dice si existe materia pericial, antes de mover el procedimiento.
  • Aportar prueba propia cuando el tribunal no acuerda pericia de oficio.
  • Contrastar la pericia oficial si sus conclusiones no se sostienen metodológicamente.

Un informe de parte pesa menos que el del perito designado por el tribunal. Te lo decimos nosotras, y por eso el nuestro se construye para aguantar exactamente los reproches que se le hacen a una pericial de parte.

Son dos procedimientos distintos, ante tribunales distintos, y el objeto pericial no es el mismo: la causa canónica se plantea sobre el canon 1095 y la civil sobre las causas del art. 73 del Código Civil.

La evaluación de fondo sí es común, así que se puede plantear desde el inicio para servir a las dos vías. Hay que decirlo antes de empezar, porque condiciona cómo se redacta el objeto pericial. En la consulta de viabilidad lo concretamos.

Sí. Son dos trabajos distintos y ninguno sustituye al otro: el abogado canonista lleva el procedimiento —redacta la demanda, elige la causa y la defiende ante el tribunal— y nosotras aportamos la prueba psicológica.

Nosotras no somos canonistas ni asesoramos sobre el procedimiento. Somos psicólogas forenses, y lo que el canon 1095 exige valorar —capacidad psíquica, madurez, personalidad— es precisamente lo que evalúa un perito psicólogo. Trabajamos coordinadas con el abogado que lleve tu causa.

Sí, pero no de forma automática. El art. 80 del Código Civil establece que las resoluciones de los tribunales eclesiásticos sobre nulidad de matrimonio canónico tendrán eficacia en el orden civil a solicitud de cualquiera de las partes, si un juez civil las declara ajustadas al Derecho del Estado.

Hay que pedirlo, y lo homologa el Juzgado de Primera Instancia. Un detalle que conviene que tu abogado tenga presente: el art. 80 remite a un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881 que está derogado, así que en la práctica el cauce se construye por analogía con la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional. Conviene confirmar el criterio del juzgado concreto.

Ese trámite lo lleva tu abogado, no el perito. Te lo contamos porque cambia la estrategia: si además necesitas efectos civiles, conviene saberlo antes de plantear el objeto pericial.

Directamente no. La nulidad se decide sobre lo que ocurría el día de la boda, no sobre lo que vino después: un matrimonio puede haber sido muy dañino y ser válido.

Pero el daño y el patrón de convivencia sí cuentan como prueba indiciaria de una incapacidad que ya estaba antes. Y en la vía civil hay algo más: el art. 98 del Código Civil reconoce indemnización al cónyuge de buena fe cuyo matrimonio se declara nulo, si hubo convivencia. Ahí el daño sí se valora y se cuantifica.

No. Cualquier persona puede solicitar un peritaje psicológico.

Hay quien lo pide para tener certeza sobre una situación, quien lo quiere guardado de cara a un procedimiento futuro, y quien viene porque su abogado se lo ha pedido para aportarlo como prueba.

Sí, conjuntamente, y las dos lo firmamos.

Cuatro ojos ven más que dos: exploramos, contrastamos lo que hemos visto y solo entonces concluimos. Se reduce el riesgo de sesgos y el dictamen llega al juzgado con menos puntos ciegos que uno firmado por una sola perito.

No es lo mismo, y es un error que vemos a menudo. Tu psicólogo de tratamiento te atiende dentro de una relación terapéutica, con finalidad sanitaria: parte de lo que tú le cuentas y no aplica ni metodología pericial ni control de simulación.

Por eso su informe tiene poca fuerza probatoria en juicio. El informe pericial es prueba técnica con metodología forense (art. 335 LEC), y está construido para que lo interroguen.

Por ética profesional, no compatibilizamos terapia y peritaje sobre la misma persona.

Causas de nulidad matrimonial eclesiástica

¿Todavía no sabes si tu caso tiene causa de nulidad?

Antes de encargar un informe conviene entender el procedimiento: qué causas reconoce el Derecho Canónico, en qué se diferencia de un divorcio, ante qué tribunal se presenta la demanda, cuánto dura y qué cambió con el proceso breve que introdujo el motu proprio de 2015. Lo explicamos en nuestra guía sobre las causas de nulidad matrimonial eclesiástica.

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