Es una de las cuestiones que más interesa a la gente que está en un proceso de este tipo: las razones que motivan al juez a tomar sus decisiones.
¿Qué es lo que realmente valora? ¿Cuáles son los requisitos para pedir una custodia compartida?
Poco que se habla de las implicaciones psicológicas de este tipo de casos. No se trata del dinero, del trabajo, del dinero o de la vivienda, sino de cómo afectarán estos a tus hijos en el futuro.
En este artículo hablaremos de los aspectos psicológicos de la consecución de la guarda y custodia compartida (o total, si es lo que prefieres), así como de por qué lo ideal en estos casos es aportar un informe psicológico.
Sigue leyendo.
¿Qué encontrarás aquí?
- 1 ¿Qué busca el Juez para la darte la custodia de tus hijos?
- 2 Cuáles son los requisitos para pedir la custodia compartida
- 2.1 Tus actitudes y aptitudes parentales con los menores
- 2.2 Circunstancias personales: tu trabajo, residencia y entorno
- 2.3 El cumplimiento de tus deberes como padre
- 2.4 Las conclusiones del informe pericial de un psicólogo experto en custodias
- 2.5 Una relación con tu expareja adecuada
- 2.6 ¿Qué quieren ellos? El deseo de los hijos mayores de 12 años
- 2.7 Los hermanos van juntos
- 2.8 Procesos penales abiertos o indicios de violencia doméstica
- 3 En resumen: cumple con los requisitos de la custodia compartida
- 4 Referencias
¿Qué busca el Juez para la darte la custodia de tus hijos?
En muchas ocasiones queremos pasar de un régimen de exclusividad a uno de compartida, o viceversa. Existen diversos motivos, por ejemplo:
- Vemos a nuestros huijos menos de lo que nos gustaría.
- Sentimos que los menores se han puesto en nuestra contra sin motivo aparente.
- Creemos que el otro progenitor es una mala influencia.
- Nosotros contamos con un mejor trabajo o una mejor situación económica.
- Contamos con unos horarios más adecuados, así como de un entorno más apropiado.
- El otro progenitor no pasa la pensión y/o se desentiende de los niños.
Y de verdad estamos convencidos de estar en nuestro derecho. De que la situación actual es injusta.
Sin embargo, ¿nos hemos preguntado alguna vez cuál es el objetivo del Juez? ¿Qué es lo que busca? ¿Qué dice la Ley de la custodia compartida?
Los requisitos para una custodia compartida, según el Tribunal Supremo:
La custodia compartida conlleva como premisa la necesidad de que entre los padres exista una relación de mutuo respeto que permita la adopción de actitudes y conductas que beneficien al menor, que no perturben su desarrollo emocional y que, pese a la ruptura afectiva de los progenitores, se mantenga un marco familiar de referencia que sustente un crecimiento armónico de su personalidad.
Tribunal Supremo, Sentencia 96/2015, del 15 de febrero
Por tanto, en la asignación de un régimen u otro, lo primordial es el interés y bienestar del menor.
Se logrará saber si este interés y bienestar se alcanzan en base a una serie de criterios que vamos a ver a continuación.
Cuáles son los requisitos para pedir la custodia compartida
Vamos a ver cuáles son los requisitos para pedir una custodia compartida. Cabe decir que cumplir estos requisitos es favorable para lograr cualquier otro tipo de régimen.
Tus actitudes y aptitudes parentales con los menores
Como progenitor, tienes que ser capaz de educar y proteger a tu hijo.
Tu forma de tratarle, de afrontar con él los problemas, o la manera en la que gestionas el estrés y las emociones en general, están incluidas en este apartado.
También se entiende como capacidades parentales aquellos rasgos de personalidad que fomentan el cuidado apropiado de un menor y la manera en la que se afrontan los conflictos.
Este punto es clave para el desarrollo de los menores, ya que la figura de referencia que conviva con ellos va a condicionar su autoconcepto en un futuro, entre otras cosas.
Si uno de los progenitores no está capacitado o sus circunstancias personales dificultan un ambiente adecuado para el menor, no será posible establecer de este tipo de régimen.
Por tanto, promover el desarrollo evolutivo saludable en el menor es uno de los objetivos del procedimiento judicial. Evaluar estas aptitudes en los progenitores es de los factores que más peso tiene en la decisión del juez.
Circunstancias personales: tu trabajo, residencia y entorno
Si tus circunstancias dificultan un ambiente adecuado para los menores, será complicado concederte la custodia.
En este punto englobamos tres aspectos: tu puesto de trabajo, el lugar y las condiciones en las que vives, y tu entorno social y familiar:
- Tu puesto de trabajo: ¿viajas mucho? ¿tienes horario nocturno, incompatible con el horario escolar? ¿tu sueldo es suficiente como para criar a tus hijos en condiciones? Tienes que tener en cuenta el horario de tu jornada, viajes, posibles desplazamientos, si estás lejos del colegio… En este punto, considera cambiar de trabajo si es necesario.
- Tu residencia: ¿vives cerca del colegio o de tu expareja? Si por ejemplo vives en Madrid y tu expareja en Barcelona, será más difícil lograr una custodia compartida. ¿Cómo es tu casa? ¿Cuenta con las condiciones adecuadas?
- ¿Cómo es tu entorno familiar? ¿Te apoyan y te ayudan en los momentos complicados? ¿Hay abuelos o tíos que vivan cerca? ¿Cómo son tus relaciones sociales?
Lo importante aquí es no alterar la estabilidad de los menores.
El cumplimiento de tus deberes como padre
Otro de los requisitos de la custodia compartida es que demuestres que cumples con tus obligaciones como padre o madre. Que muestras interés e implicación en las diferentes áreas de la vida de los menores.
Por ejemplo:
- Estar al tanto de su evolución en el colegio o instituto, de sus calificaciones y sus necesidades en el aula, y acudir a las reuniones de padres y madres.
- ¿Sabes cómo es su salud? Tienes que estar implicado en esta a todos sus niveles: vacunas, revisiones, dentista, enfermedades…
- Vida social: tus hijos jugarán en el parque e irán a los cumpleaños de sus amigos. Tú tienes que estar ahí y preocuparte por fomentar ese aspecto crucial de sus vidas.
- Es importante que lleves a cabo actividades de ocio con los menores, puesto que demuestra una buena relación paternofilial. ¿Juegas con ellos? Si son más mayores, ¿hacéis actividades juntos, como ir al cine?
- Si existen actividades extraescolares, es un punto a favor. El menor recibe mensajes de apoyo y refuerzo en sus preferencias fuera de la escuela. ¿Le llevas y le recoges de natación o de baile? ¿Vas a las obras de teatro, o a los partidos los fines de semana?
Si ya te has divorciado, y buscas una modificación de medidas por un cambio de circunstancias:
¿Qué pasa con los puntos anteriores? ¿Os preocupáis los dos o solo uno de los progenitores? ¿Cumples con el régimen de visitas en las condiciones fijadas? ¿Tu expareja abona puntualmente la pensión alimenticia? ¿Te haces cargo de los gastos extraordinarios?
¿Y tu exmarido/exmujer?
Las conclusiones del informe pericial de un psicólogo experto en custodias
Para que el juez tenga buenos criterios en los cuales basar su decisión, ha de poder estudiar las pruebas aportadas por ambas partes.
El informe psicosocial es una de estas herramientas, pero no destaca por la profundidad en el análisis de datos ni tampoco por el tiempo de evaluación invertido en él por parte de los profesionales del juzgado, debido a la falta de recursos.
Por ello, mucha gente opta por aportar un informe psicológico pericial privado, que muestra una realidad mucho más detallada y contextualizada. No es lo mismo que un informe clínico de un psicólogo normal (el de la consulta).
En los informes periciales se analizan las pautas de crianza, las habilidades comunicativas y el perfil de personalidad del progenitor.
Si se evalúa también al menor: se analiza su nivel de adaptación a los diferentes escenarios y las posibles dificultades que puedan aparecer en su desarrollo. Además, se tienen en cuenta las complicaciones que han aparecido en los hijos a lo largo del tiempo y cómo los progenitores han actuado ante las mismas.
También se valora el entorno socioeconómico de cada cónyuge y cómo puede influir esto en el desarrollo de los menores.
En definitiva, muchas veces el informe supone un factor crucial en la decisión final de quién y cómo va ejercer la custodia de los hijos.
En Psicolegalmente hacemos informes psicológicos privados. Si quieres más información, aquí puedes informarte sobre qué es un informe pericial, qué puntos valora y para qué te va a servir:
El perito psicólogo infantil y el Informe Pericial de Custodia Compartida
Ponte en contacto con nosotros sin compromiso y te ayudaremos.
Una relación con tu expareja adecuada
No se exige una relación extraordinaria entre los padres. Se entiened que ahora lleváis vidas separadas.
Sin embargo, es importante que al menos exista respeto mutuo y una comunicación fluida que permita llegar a los mismos criterios sobre qué valores educativos transmitir a los menores. Tenéis que poder llegar a acuerdos.
Además, bien sea positiva o negatiava, la relación no debe de afectar al bienestar de los niños. Si los hijos se ven afectados por los problemas entre sus padres, o por líos de abogados, entonces sí habrá efectos sobre la custodia.
¿Qué quieren ellos? El deseo de los hijos mayores de 12 años
¿Con quién quiere estar el niño? ¿Por qué?
No resulta un factor vinculante, sino un criterio orientativo. Es decir, no implica que el menor decida, simplemente que se tiene en cuenta su opinión al respecto. Además, es importante saber que el interés del menor no tiene por qué coincidir necesariamente con su beneficio.
Por ejemplo, muchos niños prefieren no estar con su padre antes que con su madre, simplemente porque este le regaña o castiga menos o no es tan exigente con el conegio. Esto no tiene por qué ser lo mejor para ellos.
Hay ocasiones en las que incluso pueden estar influenciados por el otro progenitor, que le haya convencido para estar en contra del otro sin un motivo justificado. Es lo que se conoce como Síndrome de Alienación Parental.
Los hermanos van juntos
Como es lógico, la tendencia que sigue el Tribunal es la de evitar la separación de los hermanos en aquellas parejas que han tenido dos o más hijos.
Esto suele ser un requisito ineludible, de manera que ambos se educarán juntos en el mismo entorno social y familiar.
Procesos penales abiertos o indicios de violencia doméstica
Cuando hay un procedimiento judicial de índole penal abierto en alguno de los miembros de la pareja, no se otorgará la guarda y custodia compartida:
No procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los padres esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos.
Tampoco procederá cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica.
Art. 92.7 del Código Civil
Hay que destacar que, aún si existir un procedimiento pena abierto, tampoco procederá la custodia cuando la integridad de la pareja o alguno de los hijos haya sido comprometida.
En resumen: cumple con los requisitos de la custodia compartida
En resumen, durante el proceso de separación o divorcio, lo que se busca actualmente es que los menores se encuentren ante un modelo de custodia que les beneficie.
La forma de custodia primordial y más beneficiosa para los niños depende de muchos factores a valorar.
Un peritaje psicológico sobre custodia es una prueba ideal, al igual que un informe pericial de capacidades parentales. Ambos pueden reflejar la realidad del menor.
Por eso, es muy valorado por los abogados y jueces, tanto antes del divorcio como en una modificación de medidas.
En Psicolegalmente hacemos peritajes psicológicos evaluando las capacidades parentales y el estado psicológico actual del menor. También colaboramos con abogados especialistas en guarda y custodia que pueden orientarte.
Si tienes alguna duda, puedes contactar con nosotros por email o por teléfono y estaremos encantados de resolvértela.
Referencias
- “Manual docente del Máster en Psicología Clínica, Legal y Forense.” Universidad Complutense de Madrid, https://psicologia.ucm.es/magister-psicologia-clinica,-legal-y-forense. Accessed 29 Feb. 2024.
- Bauserman, Robert. “Child Adjustment in Joint-Custody versus Sole-Custody Arrangements: A Meta-Analytic Review.” Journal of Family Psychology, vol. 16, no. 1, 2002, pp. 91–102, doi:10.1037//0893-3200.16.1.91.
- BOE-A-1889-4763 Real Decreto de 24 de Julio de 1889, Art. 92 Código Civil. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art92. Accessed 29 Feb. 2024.
- Asociación Americana de Psiquiatría. Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Madrid: Editorial Médica Panamericana.
Hola, he leído atentamente el artículo, y me ha encantado. La profesionalidad y claridad con la que tratáis el tema ha sido de 10. Como abogado especialista en derecho de familia, no puedo estar más de acuerdo en el planteamiento. Pienso contar con vosotras en mi próxima pericial psicológica para temas de familia. Esta es mi web, por si os queréis pasar por allí.
Hola Pedro,
¡Nos alegramos mucho de que te haya gustado y estés de acuerdo con lo que comentamos! Aquí estamos para lo que necesites, un abrazo.